La Justicia federal rechazó la medida cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT) contra la reforma laboral impulsada por el gobierno nacional, en lo que constituye el primer revés judicial para la estrategia del sindicalismo de frenar la aplicación de la norma aprobada por el Congreso.    La decisión fue adoptada por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.º 7, a cargo del juez Enrique Lavié Pico, que desestimó el pedido para suspender los artículos 90 y 91 de la Ley de Modernización Laboral 27.802, vinculados al traspaso de la Justicia del Trabajo al ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.    La CGT había presentado el amparo el 6 de marzo con el objetivo de que se declarara la nulidad e inconstitucionalidad de esos artículos y solicitó una cautelar “innovativa” para suspender su aplicación hasta que hubiera sentencia definitiva. La central argumentó que el traslado de competencias podría implicar la eliminación de la Justicia Nacional del Trabajo y generar efectos difíciles de revertir en el futuro.    El magistrado consideró que no correspondía dictar la cautelar en esta etapa del proceso al no verificarse el requisito de “peligro en la demora” ni la existencia de un perjuicio irreparable, y señaló que una decisión de ese tipo implicaría adelantar el resultado del litigio antes de analizar el fondo del planteo.    Pese al rechazo de la cautelar, la causa continuará su trámite judicial mientras se analiza la constitucionalidad de los artículos cuestionados. Desde la central obrera anticiparon que seguirán adelante con la estrategia judicial para cuestionar la reforma en los tribunales.    El fallo se da en medio de un clima de tensión entre el Gobierno y el sindicalismo por la reforma laboral, que introdujo cambios estructurales en el régimen de trabajo y abrió una nueva etapa de confrontación política y judicial en torno al alcance de la legislación.          Canal WhatsApp: https://whatsapp.com/channel/0029VbBqLhV4tRroiQaqOB0M Y en nuestra: Red X (EX Twitter): https://x.com/El_Pulso_P